Por su parte, las AFP deberán publicar en su página web sus estados financieros de cierre de ejercicio anual auditados y el dictamen de la sociedad de auditoría dentro de los siete (7) días hábiles de aprobado por la Junta General de Accionistas. Asimismo, señala que la memoria anual debe ser publicarla en su web dentro de los quince (15) días siguientes a su aprobación por el órgano social competente. Esta información estará disponible de forma permanente para el público.
De otro lado, la norma establece el contenido mínimo de la memoria anual de las empresas del sistema financiero y de las AFP.